DODP
Derecho de Ocupación de Dominio Público
Información general
El Derecho de Ocupación de Dominio Público se aplica a:
Las empresas industriales y/o comerciales que utilicen instalaciones de aprovisionamiento y/o evacuación para sus respectivas plantas, consistentes en cañerías aéreas, a nivel del suelo o subterráneas, que atraviesen u ocupen el dominio público.
La reglamentación para la ocupación de la vía pública se aplica a:
• Vendedores o compradores ambulantes
• Remates
• Ocupación de veredas
Ordenanza Nº 048/22 Capítulo III – Derecho de Ocupación de Dominio Público
Gestiones
Requisitos
Para solicitar el alta en Derecho de Ocupación del Dominio Público, deberá presentar una nota en la Oficina de Tributos de la Municipalidad –Alberdi 101 (2202) PGSM– de 7:00 a 13:00 horas – Tel. (03476) 422420, especificando el o los códigos correspondientes a la inscripción.
Conceptos
- 0012023 >> 344: Cañerías aéreas, suelo o subterráneas por mt. lineal
- 0032023 >> 344B: Cañerias aéreas, suelo o subterráneas por mt. lineal
- 0072023 >> 346A: Servicios eléctricos-TE-otros/energía eléctrica
- 0082023 >> 346B: Servicios eléctricos-TE-otros/Teléfonos
- 0092023 >> 346C: Servicios eléctricos-TE-otros/Cables
- 0102023 >> 346D: Servicios eléctricos-TE-otros/Otros
- 0112023 >> 347: Redes aéreas-subterráneas- //Agente percepción
- 0122023 >> 347X: Redes aéreas-subterráneas- //Ag. percepción
- 0132023 >> 347A: Redes aéreas-SUP.-subterráneas./Materia prima
- 0142023 >> 347B: Redes aéreas-SUP.-subterráneas./Combustible
- 0152023 >> 347BX: Redes aéreas-SUP.-subterráneas./Combustible
Vencimientos
Año 2024
Período | Vencimiento |
---|---|
01/24 | 29/02/2024 |
02/24 | 29/03/2024 |
03/24 | 30/04/2024 |
04/24 | 31/05/2024 |
05/24 | 28/06/2024 |
06/24 | 31/07/2024 |
07/24 | 30/08/2024 |
08/24 | 30/09/2024 |
09/24 | 31/10/2024 |
10/24 | 29/11/2024 |
11/24 | 30/12/2024 |
12/24 | 31/01/2025 |
Año 2024
Período | Vencimiento |
---|---|
03/24 | 07/03/2024 |
04/24 | 05/04/2024 |
05/24 | 07/05/2024 |
06/24 | 07/06/2024 |
07/24 | 05/07/2024 |
08/24 | 07/08/2024 |
09/24 | 06/09/2024 |
10/24 | 07/10/2024 |
11/24 | 07/11/2024 |
12/24 | 06/12/2024 |
01/25 | 07/01/2025 |
02/25 | 07/02/2025 |
Preguntas frecuentes
¿Qué acciones me permite realizar este sistema?
A través de este sistema puede:
1) Reimprimir los recibos correspondientes a períodos no declarados.
2) Consultar las normas que regulan este tributo.
3) Verificar los vencimientos.
4) Imprimir algunos formularios necesarios para diversas gestiones.
¿Qué requerimientos mínimos de sistema necesito para imprimir una boleta?
- Impresora (resolución mínima requerida 300 dpi).
- Papel tamaño A4; 80 gramos (recomendado).
- Acrobat Reader instalado. [Descargar el programa].
Estoy intentando reimprimir un recibo y la página arroja un error ¿cómo debo proceder?
Si surge un problema con la página web, envíe un e-mail a webmaster@mpgsm.gov.ar para poder contactarse con los encargados del soporte técnico.
¿Cómo proceder si no logro imprimir el recibo?
Para poder imprimir el recibo debe tener instalado el Acrobat Reader. En caso de no contar con dicho programa, puede descargarlo aquí.
¿Dónde se pueden abonar las boletas reimpresas?
El pago puede realizarse en las entidades habilitadas para el cobro de gravámenes municipales, las cuales se indican a continuación:
- Santa Fe Servicios
- Municipalidad de Puerto Gral. San Martín
Ponemos a su disposición una MESA de AYUDA
Por consultas sobre el funcionamiento de este sistema puede contactarse por correo electrónico con: tributos@mpgsm.gov.ar
Por inconvenientes técnicos en la utilización de la herramienta, puede comunicarse con el soporte técnico mediante el e-mail: webmaster@mpgsm.gov.ar